CONCLUSIONES
Esta tema nos muestra que la
existencia de “paraísos fiscales” es un problema grave y, por otra parte, sin
dudas es un asunto que de resolverse, se solucionará a mediano o largo plazo,
ya que por un lado, los países considerados de baja o nula tributación (o sea
los paraísos fiscales) no muestran ningún interés en cambiar su legislación,
porque se verían muy afectados política, económica y socialmente. Por otra
parte, la presión que ejercen los organismos mundiales más importantes, como
ser la OCDE, no resultan suficientes para que esto cambie. Claro ejemplo es que
2 países miembros de la OCDE, como son Suiza y Luxemburgo, no acatan las
recomendaciones de dicho organismo para defender sus intereses.
A continuación, para una mejor exposición de mis conclusiones de esta tesis
decidí separarlas en diferentes ítems, a saber:
• No existe un concepto
absoluto de “paraíso fiscal”. No obstante, podemos definirlo como un territorio
que posee un sistema fiscal que ofrece una escasa o nula tributación,
principalmente en relación con los impuestos directos y que facilita la elusión
fiscal de contribuyentes pertenecientes a otras jurisdicciones.
• Más que definir, es mejor
caracterizar. Las principales características de los paraísos fiscales son las
siguientes:
a) Son sistemas fiscales
caracterizados por una baja o nula fiscalidad directa.
b) Poseen legislación mercantil
y financiera flexible.
c) Ofrecen una amplia
protección del secreto bancario y comercial.
d) Hay una ausencia de
controles de cambio.
e) Poseen una escasa o nula red
de convenios internacionales en materia fiscal.
f) Poseen algunas
características extra fiscales tales como estabilidad política, económica y
social.
• Los contribuyentes utilizan
los paraísos fiscales para escapar de la obligación personal de contribuir en
sistemas de alta tributación. Su utilización podrá ser legítima o ilegítima. La
historia de los paraísos fiscales es reciente pero, en razón de su dinamismo,
su concepción inicial ha evolucionado.
• La elusión fiscal
internacional consiste en evitar la aplicación de una o varias normas por medio
de actos indirectos dirigidos a impedir la realización del hecho generador de
la obligación tributaria en un determinado sistema fiscal menos favorable para
el contribuyente en relación con los objetivos patrimoniales de su actividad.
Uno de los principales escenarios de la elusión fiscal internacional son los
paraísos fiscales.
• La deslocalización de la
residencia fiscal es uno de los usos más frecuentes de utilización de paraísos
fiscales. Ocurre cuando un contribuyente considerado residente fiscal de un determinado
territorio y por ende, bajo un régimen de obligación personal, cambia su
residencia a efectos fiscales a otro territorio, en este caso un paraíso
fiscal, con el fin de modificar su régimen fiscal al de obligación real en su
territorio de origen y de obligación personal en el paraíso fiscal (o algún
territorio de menor tributación).
• Las estructuras jurídicas
más utilizadas por las empresas en la utilización de los paraísos fiscales son
las sociedades base (sociedades constituidas en paraísos fiscales cuyo objetivo
principal es el diferimiento de la obligación tributaria) y las sociedades
instrumentales (sociedades que buscan eludir los impuestos en el país en el que
las rentas se obtienen mediante la utilización directa o indirecta de los
paraísos fiscales y de los convenios internacionales de doble imposición).
• El sistema de “lista
cerrada” utilizado para identificar los territorios considerados como paraísos
fiscales no brinda seguridad jurídica en relación con las medidas anti-paraíso.
Debe modificarse dicho sistema por medio de la implantación de criterios
objetivos que determinen si un territorio es o no un paraíso fiscal. De esta
forma habrá certeza en cuanto al alcance, tanto material como temporal, de una
determinada medida y así no depender de una norma reglamentaria.
• En la aplicación de las
medidas anti-paraíso deben respetarse las actuaciones y operaciones legítimas
realizadas sin ánimo elusivo ni evasivo. De tal forma debe otorgársele la
posibilidad al contribuyente de probar que las operaciones que realiza son
legítimas y reales. Deberían fijarse excepciones ya que es diferente tener una
empresa virtual y otra real en el paraíso fiscal.
• Es importante el papel que
están ejerciendo, tanto el gobierno de los Estados Unidos, como la OCDE,
estableciendo controles más estrictos sobre operaciones en las que participen
paraísos fiscales para lograr la flexibilidad del secreto bancario y su
confidencialidad.
• Es tan importante el
problema concerniente a los paraísos fiscales como los regímenes fiscales
preferenciales, los cuales generan una competencia desleal en la captación de
inversiones.
No copies las conclusiones de otros son tus propias palabras.
ResponderEliminarhttp://www.academia.edu/16168232/PARAISOS_FISCALES_1