INVESTIGA LA DEFINICION Y LOS ARTICULOS DEL:
A) FUERO COMUN
Por fuero se entiende la facultad legal de aplicar la ley. Cuando se hace alusión al fuero común, se está refiriendo al ámbito legal de cada entidad en lo particular, que se encuentra regulado en los cuepros de leyes locales.
ARTICULO 61.
Los diputados y sernadores son inviolables por las opiniones que manifiesten en el desempeño de sus cargos, y jamas podran ser reconvenidos por ellas.
El presidente de cada camara velara por el respeto al fuero constitucional de los miembros de la misma y por la inviolabilidad del recinto donde se reunan a secionar.
Se define el fuero de guerra como la jurisdicción o potestad autónoma o exclusiva de juzgar por medio de los tribunales militares y conforme a las leyes del ejercito, fuerza aérea y la armada, únicamente a los miembros de dichas instituciones, por las faltas o delitos que cometan en actos o hechos del servicio milita, así como la facultad de esos órganos de justicia de ejecutar las sentencias que dicten.
ARTICULO 13
Nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales. ninguna persona o corporación puede tener fuero, ni gozar mas emolumentos que los que sean compensación de servicios públicos y estén fijados por la ley. subsiste el fuero de guerra para los delitos y faltas contra la disciplina militar; pero los tribunales militares en ningún caso y por ningún motivo, podrán extender su jurisdicción sobre personas que no pertenezcan al ejercito. cuando en un delito o falta del orden militar estuviese complicado un paisano, conocerá del caso la autoridad civil que corresponda.
¿ESTAS DE ACUERDO QUE LOS SENADORES DIPUTADOS TENGAN EL PRIVILEGIO DEL FUERO?
No estoy de acuerdo en que ellos cuenten con este privilegio, ya que debido a ello estos cometen muchos crimenes; delitos que a su vez quedan impunes por que no se les puede castigar conforme ala ley debido a que estan amparados por este fuero.
Eso sin tomar en cuenta que todos somos ciudadanos tenemos los mismos derechos y obligaciones, no veo el por que ellos en especifico deban de contar con este privilegio siendo ellos servidores publicos.
De acuerdo al artículo 111 de la Constitución Política, entre los funcionarios que gozan de fuero están los gobernadores, secretarios de Estado, diputados, senadores, ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, magistrados del Tribunal Electoral, integrantes de la Judicatura federal, legisladores locales y consejeros del IFE.
II.REFERENCIAS DE LA INVESTIGACION
https://mx.answers.yahoo.com/question/index?qid=20061207110304AAWJrle
http://info4.juridicas.unam.mx/juslab/leylab/250/62.htm
http://info4.juridicas.unam.mx/ijure/fed/9/14.htm?shttp://info4.juridicas.unam.mx/ijure/fed/9/112.htm?s=